Micelio
Auto15 de agosto de 2023

A- de 2023

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Cardenas Acevedo Juan Antonio·Demandado Rodriguez Tafur Diana Marcela Y Otro

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Corte Constitucional Carece De Competencia Para Dirimir Conflicto-Asunto Relacionado Con Actuación Disciplinaria Contra Auxiliar De La Justicia.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre jurisdicciones suscitado por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá y la Procuraduría 2ª Distrital de Instrucción de la misma ciudad.

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en la solicitud de investigación disciplinaria que formuló un ciudadano en contra de una abogada, para que se estudien las conductas realizadas como auxiliar de justicia en un proceso ejecutivo hipotecario.

Luego de analizar el asunto concluyó la Corte que carece de competencia para resolverlo, porque no se trata de un conflicto entre distintas jurisdicciones sino de un conflicto de competencia.

Por lo anterior, la Sala Plena de la Corporación se declaró inhibida para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso el envío del expediente a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia suscitada por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá y la Procuraduría 2ª Distrital de Instrucción de la misma ciudad.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-3598 a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.